Generalmente, un menor que ha sido juzgado o admitido por un delito sexual no tiene que registrarse como delincuente sexual. Hay dos excepciones. La primera es si el menor fue trasladado a un tribunal de adultos y condenado por un delito calificado como adulto. La segunda es si el menor es adjudicado bajo la tutela del tribunal y luego internado en el Departamento de Justicia Juvenil (DJJ).
Las infracciones que darÔn lugar a la obligación de registro cuando un menor sea internado en el DJJ son:
Los menores entregados a DJJ que hayan sido adjudicados por ciertos delitos deberÔn registrarse como delincuentes sexuales. Sin embargo, salvo raras excepciones, la información sobre delincuentes sexuales juveniles no se puede incluir públicamente en el sitio web de la Ley de Megan.
Busque un abogado experimentado
En Chastaine Jones, entendemos lo aterrador y confuso que puede ser al ser acusado de un delito sexual. El estigma de los cargos puede ser abrumador. La decisión sobre cómo proceder es difĆcil y requiere la orientación de un abogado calificado y con experiencia. Programe una consulta enviĆ”ndonos un correo el ectrónico o llĆ”menos hoy al 916-894-8431 para programar un horario conveniente para su consulta.
Defensa Penal Comprobada y Lista Para Luchar Por Usted